Informe de Evaluación del Edificio

El Informe de Evaluación del Edificio es un documento en el que se realiza un análisis de:

  • Estado de conservación
  • Accesibilidad
  • Eficiencia energética

 

Están obligados a disponer del IEE en Castilla-La Mancha, debidamente registrado, los propietarios únicos de edificios, las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios de tipología de vivienda colectiva, que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Los edificios catalogados o protegidos, así como todos los edificios de antigüedad superior a 50 años, en los plazos que se indican a continuación, salvo que ya cuenten con una ITE en vigor realizada con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 8/2013, de 26 de junio, en cuyo caso, se exigirá el IEE cuando corresponda su primera revisión.
  • Edificios de más de 100 años de antigüedad: desde 28/6/2013 al 28/6/2015
  • Edificios con más de 80 y hasta 100 años de antigüedad hasta el 28/6/2016
  • Edificios con más de 65 y hasta 80 años de antigüedad hasta el 28/6/2017
  • Edificios con una antigüedad entre 50 y hasta 65 años de antigüedad, hasta el 28/6/2018
  • Los edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas con el objeto de acometer obras de rehabilitación edificatoria (referentes a obras de conservación, accesibilidad o eficiencia energética), con anterioridad a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda.